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Martes, 27 de octubre de 2026
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Gas: quiénes reciben la rebaja por Zona Fría y qué pasa con los hogares que quedaron afuera

La bonificación del 50% se aplica de manera automática en las zonas alcanzadas. Para algunos usuarios excluidos del mapa vigente hay un descuento adicional del 20%, sujeto a requisitos de ingresos y ubicación.

Por Elena SawczukCampo y producción yerbatera · · hace 7 h
Gas: quiénes reciben la rebaja por Zona Fría y qué pasa con los hogares que quedaron afuera

Los usuarios de gas que viven en las zonas comprendidas por el régimen de Zona Fría tendrán una rebaja automática del 50% en la tarifa, mientras que una parte de los hogares que quedaron fuera del mapa podrá acceder a una bonificación adicional del 20% si cumple una serie de condiciones.

La Secretaría de Energía estableció los alcances del régimen mediante la Resolución 299/2026. La medida comprende el gas natural y el gas propano indiluido distribuidos por redes y alcanza tanto a usuarios residenciales como al Servicio General P de las regiones incorporadas.

Las distribuidoras y subdistribuidoras deben incorporar la rebaja del 50% en la factura sin que el usuario presente una solicitud, de acuerdo con las instrucciones del Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad. La resolución cubre los consumos desde el 13 de octubre, cuando comenzó a regir la ley que creó el esquema.

Qué ocurre con quienes quedaron fuera del mapa

El régimen actual tiene una cobertura menor que el anterior: alrededor de 1,6 millones de hogares incluidos en la ampliación de 2021 dejaron de recibir la rebaja automática por su ubicación. Entre ellos hay usuarios de Mar del Plata, Bahía Blanca, Tandil, Olavarría y Pergamino.

Para parte de esos hogares se prevé una bonificación adicional del 20% sobre el Precio Anual Uniforme del gas, aplicada a los Consumos Base. No es una rebaja del 20% sobre toda la factura y se suma al beneficio que ya reciben los usuarios inscriptos en los Subsidios Energéticos Focalizados, sin reemplazarlo.

  • Estar inscripto en el Registro de Subsidios Energéticos Focalizados.
  • Vivir en alguna de las subzonas bioambientales IIIa, IVa, IVb, IVc, IVd, V o VI, según la norma IRAM 11.603/12.
  • No estar comprendido en el régimen general de bonificación del 50%.
  • Tener ingresos familiares de hasta tres Canastas Básicas Totales y cumplir los demás criterios socioeconómicos previstos por la ley.

La identificación de los beneficiarios surgirá del cruce de los datos geográficos con el registro de subsidios, a cargo de la Subsecretaría de Eficiencia e Información Energética. El padrón resultante quedará a disposición del ente regulador, que notificará a las distribuidoras.

A mi entender, la diferencia entre ambos beneficios merece atención: mientras la rebaja general se refleja sin solicitud en la factura, el descuento adicional depende de la inscripción y del cumplimiento de varias condiciones, en un contexto en el que la cobertura geográfica se redujo.

Elena Sawczuk, Campo y producción yerbatera.

ES
Elena SawczukCampo y producción yerbatera

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